Los titulares del Monotributo tienen hasta mañana, jueves 27 de julio, para realizar la recategorización ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). La fecha límite, que originalmente estaba establecida para el 20 de julio, fue prorrogada debido a cambios en los niveles de facturación, informados por el organismo oficial que dirige Carlos Castagneto.
Esta recategorización, que se realiza cada seis meses, permitirá que los monotributistas actualicen sus categorías de acuerdo con los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados y/o la superficie afectada a la actividad en los últimos 12 meses.
Para llevar a cabo la recategorización, los contribuyentes deben seguir estos pasos:
- Ingresar a la página de AFIP | Monotributo.
- Acceder con CUIL/CUIT/CDI y Clave Fiscal.
- Seleccionar la opción «Recategorización».
- El sistema mostrará la categoría vigente y los topes máximos.
- Luego, seleccionar «Continuar recategorización».
- Informar el monto facturado en los últimos 12 meses.
- Ingresar los datos correspondientes a la actividad personal solicitados por el sistema.
- El sistema mostrará la categoría correspondiente.
- Verificar la información brindada.
- Si los datos son correctos, hacer clic en «Confirmar categoría».
- El sistema informará si la modificación se realizó correctamente y permitirá imprimir la credencial actualizada.
Las nuevas escalas del Monotributo, a partir del 1 de julio de 2023, establecen los topes máximos de ingresos brutos anuales para cada categoría:
- Categoría A: $1.414.762,58
- Categoría B: $2.103.025,45
- Categoría C: $2.944.235,60
- Categoría D: $3.656.604,33
- Categoría E: $4.305.799,15
- Categoría F: $5.382.248,94
- Categoría G: $6.458.698,70
- Categoría H: $7.996.484,12
- Categoría I: $8.949.911,06
- Categoría J: $10.257.028,68
- Categoría K: $11.379.612,01
Es importante recordar que si no se realiza la recategorización, se mantendrá la misma categoría y los importes correspondientes a la nueva categoría se abonarán al mes siguiente a la actualización. El trámite se debe realizar a través del sitio web de AFIP con clave fiscal y no realizarlo implicará que no hubo cambios en la categoría actual. No pierdas tiempo y actualiza tu situación para cumplir con tus obligaciones tributarias.