El amparo fue solicitado por Alejandro Carlos Gómez, con el patrocinio del abogado Cristian Cao, por considerar que el programa era un “un acto de proselitismo político inadmisible por las mismas normas del Código Electoral, ya que la libertad para emitir el voto debe ser el bien jurídico protegido”.
Según explicaron, la entrega de fondos es contrario al artículo 64 del Código Nacional Electoral, que impide desde 25 días antes de las elecciones anuncios de planes de gobierno que buscan captar el voto.
De esta manera, la jueza federal con competencia electoral, María Servini, hizo lugar al pedido, argumentando que viola la ley electoral y dispuso como medida cautelar restringir el envío de los fondos hasta después de las elecciones del 14 de noviembre.
La razón tiene que ver con evitar que se pudiera condicionar la voluntad de los electores. Los fondos iban a liberarse el 1° de noviembre, posteriormente a los 25 días antes de los comicios previstos en la ley electoral.